Debido a la entrada en vigor del Reglamento UE nº 910/2014 de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (e-IDAS), los certificados de Persona Jurídica dejarán de emitirse a partir del 1 de julio de 2016, siendo reemplazados por otros certificados. Podrán seguir usándose hasta su caducidad o revocación.

RESUMEN

En lugar de ellos se empezarán a emitir certificados de firma electrónica de representante de persona jurídica o entidades con personalidad jurídica.

Cambios de tipo

Desde el pasado 6 de Junio ya se están empezando a expedir los nuevos certificados que son de 3 tipos:

  • Certificado de Representante para Administrador Único o Solidario.
  • Certificado de Representante de Persona Jurídica.
  • Certificado de Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica.
Sus precios son:

  • Administrador único o solidario: 24 € + IVA
  • Persona jurídica: 14 € + IVA
  • Entidad sin personalidad jurídica: 0 €
La diferencia en el precio, según apunta la Fábrica de Moneda y Timbre (FNMT), deriva de la comprobación en línea, ante el Registro Mercantil correspondiente, de las facultades de representación del administrador, y por ello, éstos son un poco más caros.

Cambios de solicitud

  • Si se trata de un administrador único o solidario, podrá obtener su certificado sin necesidad de personarse en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre que se identifique en la página Web CERES con un certificado electrónico de persona física expedido por la FNMT-RCM o de los incluidos en el DNI electrónico.
  • Si no es administrador único o solidario, o si no puede identificarse en la página web como se indica anteriormente, es preciso personarse en una oficina de registro para obtener el certificado, con la documentación exigible en cada caso.
Ventajas de los nuevos certificados

Los nuevos certificados digitales tienen muchas más ventajas que los anteriores:

  • Se pueden utilizar en cualquier administración.
  • Los certificados de administrador único o solidario pueden utilizarse ante las Administraciones Públicas y con empresas privadas. Así como la interrelación FNMT-RCM-Colegio registradores, dota de una mayor seguridad jurídica, ya que en caso de disolución o terminación de la representación queda revocado. También, este certificado proporciona una mayor comodidad en su solicitud si se dispone de un certificado de persona física.
  • Pueden utilizarse en multitud de productos de la administración, así como firma de facturas, correos, PDFs, etc.
  • Conlleva una importante mejora tecnológica y de seguridad.
  • Se emite conforme al Reglamento Europeo de Identificación Electrónica, siendo así de validez europea.
  • Cuenta con un soporte técnico específico.